lunes, 18 de enero de 2010

CONFORMACION

Cada establecimiento educativo del Estado tendrá un gobierno escolar conformado por el rector, el Consejo Directivo y el Consejo Académico.

Consejo Directivo es la instancia de participación de la comunidad educativa y de orientación académica y administrativa del establecimiento educativo.

Está conformado por los siguientes integrantes: a) El rector del establecimiento educativo, quien lo convocará y presidirá;
b) Dos representantes de los docentes de la institución;
c) Dos representantes de los padres de familia;
d) Un representante de los estudiantes que debe estar cursando el último grado de educación que ofrezca la institución;
e) Un representante de los ex alumnos de la institución, y
f) Un representante de los sectores productivos del área de influencia del sector productivo.
Para la elección de los representantes a que se refiere este artículo, el Gobierno Nacional establecerá la reglamentación correspondiente que asegure la participación de cada uno de los estamentos que lo integran y fije el período para el cual se elegirán.

Funciones del consejo directivo. Las funciones del consejo directivo serán las siguientes:
a) Tomar las decisiones que afecten el funcionamiento de la institución y que no sean competencia de otra
autoridad;
b) Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos con los
alumnos del plantel educativo;
c) Adoptar el reglamento de la institución, de conformidad con las normas vigentes;
d) Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles;
e) Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando alguno de sus miembros
se sienta lesionado;
f) Aprobar el plan anual de actualización del personal de la institución presentado por el rector,
g) Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, del currículo y del plan de estudios
y someterlos a la consideración de la Secretaría de Educación respectiva o del organismo que haga sus veces
para que verifique el cumplimiento de los requisitos;
h) Estimular y controlar el buen funcionamiento de la institución educativa;
i) Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del alumno;
j) Participar en la evaluación anual de los docentes, directivos docentes y personal administrativo de la institución;
k) Recomendar criterios de participación de la institución en actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas;
l) Establecer el procedimiento para el uso de las instalaciones en actividades educativas, culturales, recreativas,deportivas y sociales de la respectiva comunidad educativa;
m) Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas;
n) Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos de los recursos propios y la forma de recolectarlos, y
ñ) Darse su propio reglamento.

Consejo Academico es la instancia superior para participar en la orientación pedagógica del establecimiento.Su naturaleza es de carácter técnica.

convocado y presidido por la rectora, estará integrado por los directivos docentes y un docente por cada área o grado que ofrezca la respectiva institución. Se reunirá periódicamente para participar en:
a) El estudio, modificación y ajustes al currículo, de conformidad con lo establecido en la presente ley;
b) La organización del plan de estudio;
c) La evaluación anual e institucional, y
d) Todas las funciones que atañen a la buena marcha de la institución educativa.

La Rectora es la primera autoridad administrativa, representante del establecimiento ante las autoridades educativas, ejecutora de las desiciones del gobierno escolar.

Depende de la Secretaría de Educación Distrital, tiene la responsabilidad de lograr que la institución ofrezca los servicios educativos adecuados para que el educando alcance los objetivos propuestos. De ella dependen los coordinadores, los profesores, así como los responsables de los servicios administrativos y de bienestar de la institución.

Conforma las comisiones de evaluación y promoción por cada grado, con el fin de analizar los casos persistentes de superación o insuficiencia académica